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Nuevas restricciones a la movilidad en madrid por COVID-19: Todo lo que debes saber

<b>¿Vives en Madrid y no sabes muy bien de que van estas medidas por el covid-19?</b> No te preocupes, te las voy a explicar.

¿Vives en Madrid y no sabes muy bien de que van estas medidas por el covid-19? No te preocupes, te las voy a explicar.

¿Vives en Madrid y no sabes muy bien de que van estas medidas? No te preocupes, te las voy a explicar. Hoy han entrado en vigor las nuevas restricciones por covid-19 en 37 áreas sanitarias de 8 municipios madrileños y, estás son las multas por inclumplirlas.

Desde este lunes 21 de septiembre hasta dentro de 14 días, más de 850.000 personas se encuentran confinadas para evitar la propagación del covid-19. Si bien estas restricciones de la Consejería de Salud de la Comunidad de Madrid han entrado en vigor a las 00:00 horas de este lunes, no será hasta el miércoles 23 de septiembre cuando empezarán a multar a los infractores

La Policía Municipal, en colaboración con la Policía Nacional, ya ha establecido 60 puntos aleatorios de control (que irán rotando) en zonas perimetrales, en calles o salidas de metro de las áreas afectadas. Durante el Lunes y el martes, estos agentes se encargarán de advertir a la población, pero a partir del miércoles, se empezará a multar con sanciones desde los 600 hasta los 600.000 euros.

¿Cuándo podré salir de mi zona?

Como ya sucedió durante el confinamiento del país hace ya unos meses donde había excepciones para poder salir, en este también las hay. Se podrá entrar y salir de las áreas restringidas por los siguientes motivos:

  • Por motivos laborales
  • Por motivos médicos
  • Para acudir a centros docentes y educativos
  • Para ir a entidades de seguros, bancarias, legales o administrativas
  • Se podrá acudir a exámenes
  • Para cuidar a personas mayores, dependientes o menores
  • Para necesidades prioritarias, urgentes o de fuerza mayor
  • O para regresar a la zona residencial

Lo que sí se va a permitir, a diferencia del confinamiento de marzo, es que se permite la circulación de los residentes por la vía pública dentro de ese perímetro, respetando las medidas de protección, así como la circulación por las carreteras de estas zonas, si el origen y destino se encuentra fuera de ellas y es necesario pasar.

No obstante, la Comunidad de Madrid ha instado a sus ciudadanos que evite los desplazamientos y la realización de actividades no imprescindibles durante estos 14 días. Pasado este período, se reevaluará la situación por si fuera necesario alargar el confinamiento. Además, ha elaborado un formulario (lo puedes descargar aquí) para que los ciudadanos afectados puedan justificar sus desplazamientos.